Art. Nota inicial

Art. Nota inicial

En vigor desde 1 ene 2022
Téngase en cuenta que todas las referencias hechas a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda o a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, se entenderán realizadas al Instituto Nacional de la Seguridad Social, según establece la disposición final 4.3 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-21653#df-4

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eli/es/rd/2018/12/02/1413#nota-inicial-no