Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Planificación, evaluación y control
Art. 9
25 / 71En vigor desde 28 feb 2026
1. La Autoridad publicará en su portal de internet de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública, de acuerdo con lo señalado en el capítulo II del título I de Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, sobre publicidad activa.
2. En todo caso, serán publicados en el portal de internet de la Autoridad los siguientes documentos:
a) La relación de asuntos aprobados en cada sesión del Consejo.
b) Los informes de investigación técnica aprobados con carácter definitivo.
c) La información derivada del Registro de Recomendaciones de Seguridad.
d) El Plan Estratégico y los Planes Anuales de la Autoridad a que se refiere el artículo 7 de este estatuto.
e) La memoria a la que se refiere el artículo 19.1 Ley 2/2024, de 1 de agosto.
f) El Código de Conducta Ética del personal al servicio de la Autoridad al que se refiere el artículo 42 de este estatuto.
g) Las cuentas anuales acompañadas del informe de auditoría de cuentas.
3. Será igualmente objeto de publicación en el portal de internet de la Autoridad toda aquella información que se considere relevante y que contribuya al mejor cumplimiento de sus funciones.
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Proeli/es/rd/2026/02/25/141#art-9