Art. 8
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Organizaciones de producción

Art. 8

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En vigor desde 27 feb 2025
Para la fabricación en serie de aeronaves ULM de las incluidas en el ámbito de aplicación de este real decreto, las organizaciones de producción o fabricantes incluidos como tales en un certificado de tipo restringido o en una declaración de cumplimiento del diseño del tipo registrada, deben cumplir con las disposiciones de la presente sección.
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eli/es/rd/2025/02/25/141#art-8