Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
11 / 64En vigor desde 11 mar 2021
1. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita quedarán adscritas orgánicamente a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, donde no existan, a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.
Estos órganos prestarán el soporte administrativo y el apoyo técnico necesarios para su funcionamiento.
2. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita tendrán su sede en las dependencias que los órganos mencionados en el apartado anterior pongan a su disposición o, en su caso, en los de órganos judiciales radicados en su ámbito territorial.
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Proeli/es/rd/2021/03/09/141#art-4