Art. 12
Capítulo CAPITULO II

Art. 12

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En vigor desde 28 jul 1986
Compete al Secretario del Consejo de Administración cursar las convocatorias para sus reuniones así como para las de las Comisiones Ejecutivas, preparar las sesiones, levantar acta de lo acaecido en ellas, dar fe de sus acuerdos y tramitar éstos para su ejecución.
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eli/es/rd/1986/06/06/1406#art-12