Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
24 / 32En vigor desde 9 jul 1986
De acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el presente Reglamento no será de aplicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 237, de 3 de octubre de 1986. Ref. BOE-A-1986-26247 .
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Proeli/es/rd/1986/06/06/1405#disposicion-adicional-tercera