Art. 11

Art. 11

11 / 12
En vigor desde 26 jun 1982
Por los Ministerios competentes se dictarán cuantas disposiciones requiera el desarrollo y aplicación de este Real Decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1982/06/25/1405#art-11