Art. 29
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 29

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En vigor desde 27 nov 2007
La representación de la Agencia en las actuaciones relativas a sus bienes y derechos patrimoniales corresponderá al Presidente de la misma, pudiendo delegar esta función en el Director, dando cuenta al Consejo Rector.
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eli/es/rd/2007/10/26/1403#art-29