Art. 16
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Organización general

Art. 16

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En vigor desde 4 mar 2001
Son atribuciones de la Asamblea General: 1. Aprobar el acta de la sesión anterior. 2. Aprobar o censurar la gestión del Consejo. 3. Aprobar o modificar los Estatutos del Colegio y el Reglamento General. 4. Definir las líneas de actuación tanto de carácter general cono económica del Colegio. 5. Aprobar los presupuestos generales y sus liquidaciones. 6. Aprobar las cuotas ordinarias del Colegio, así como cualquiera otras exacciones colegiales. 7. Aprobar o modificar las normas de deontología profesional. 8. Decidir sobre las propuestas del Consejo y de los órganos rectores de las zonas. 9. Conocer y proclamar el resultado de las elecciones para los cargos electivos del Colegio. 10. Aprobar la creación, modificación, fusión o segregación de zonas. 11. Cualquier otra facultad que no esté expresamente atribuida a otro órgano colegial.
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