Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 25 nov 2018
El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificó la estructura existente de éstos con el objeto de impulsar los objetivos prioritarios para España, desarrollar el programa político del Gobierno y lograr la máxima eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento de la Administración General del Estado. En su artículo 4 dispone que corresponde al Ministerio de Defensa el ejercicio de todas las competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico como órgano encargado de la ordenación, coordinación y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre política de defensa. Posteriormente, el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, aprueba la nueva organización interna de todos los ministerios y, así mismo, desarrolla la estructura del Ministerio de Defensa que, básicamente, coincide con la vigente hasta la fecha, reflejada en el Real Decreto 998/2017, de 24 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. Sin embargo, la principal novedad que introducen los mencionados Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, y Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, es la adscripción del Centro Nacional de Inteligencia al Ministerio de Defensa a través del titular del Departamento. Por lo tanto, dicha circunstancia se ha de contemplar en el real decreto de estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, sin que por otro lado, suponga modificación alguna en cuanto a su régimen jurídico, que es el recogido en la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia. En el ámbito de la organización de las Fuerzas Armadas, la Unidad Militar de Emergencias pasa a depender del titular del Ministerio de Defensa. Está modificación orgánica responde a que dicha unidad de carácter permanente está constituida con el objetivo principal de cumplir la misión asignada a las Fuerzas Armadas por la Ley de la Defensa Nacional, en cuanto a preservar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos en situaciones de emergencia, grave riesgo o catástrofe, ante la creciente demanda de la sociedad española de una respuesta eficaz por parte de las administraciones públicas frente a dichos sucesos y dado que la intervención de la Unidad ha de depender, en última instancia, de las decisiones directas que adopte el titular del Departamento, trascendiendo los aspectos puramente operativos. Por su parte, la Subsecretaría de Defensa asume la planificación y gestión económica derivadas de las políticas de personal, de reclutamiento, de enseñanza y sanitaria, que son de su competencia, la política cultural del Departamento y las funciones en materia de protección de datos. Las competencias en materia de transparencia se atribuyen a la Secretaría General Técnica, así como el impulso de la gestión del conocimiento en el ámbito de la Subsecretaría. Así mismo, se incrementan las funciones de la actual División del Servicio de Apoyo al Personal, dentro de la Dirección General de Personal, cumpliendo así lo exigido por la Comisión de Defensa en su dictamen de 21 de febrero de 2018, que instaba a potenciar dicha División, que pasa a denominarse División de Igualdad y Apoyo al Personal, dirigiendo su actuación y recursos hacia apoyos personalizados y que sean prestados en su entorno cercano y de manera continuada, y a realizar un análisis e identificación de las condiciones de aplicación del principio de igualdad entre hombres y mujeres dentro de dichas Fuerzas Armadas, así como a coordinar la política de igualdad y desarrollar las funciones propias de la Unidad de Igualdad del Departamento. Igualmente, se modifica el Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, incluyendo nuevos vocales en la Junta Superior del Cuerpo Jurídico Militar para que su composición sea equivalente a la prevista para las otras Juntas Superiores de los cuerpos comunes. Se incorpora una modificación del Real Decreto 1046/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Empresa para incorporar una serie de modificaciones, situando en la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías el conjunto de funciones y competencias operativas para la formulación y gestión operativa de los proyectos y procedimientos administrativos y se reestructura para incorporar las correspondientes unidades con rango de Subdirección General responsables de los mismos. Se precisa, además que la tutela de la S.M.E. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España M.P., S.A. corresponda al Ministerio de Economía y Empresa, a través de la Secretaría de Estado para el Avance Digital una vez aprobado el Real Decreto-ley 12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información. También se modifica la composición del Consejo Rector de Incentivos Regionales, regulada en el artículo 18.1 del Reglamento de los incentivos regionales, aprobado por Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, según la redacción dada al mismo por la disposición final quinta del Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Por lo tanto, este real decreto da cumplimiento a lo establecido en la disposición final segunda del citado Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, completando y desarrollando la estructura orgánica básica de los órganos superiores y directivos del Departamento, hasta el nivel de subdirección general. Así mismo, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el proyecto de real decreto se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata de un instrumento necesario y adecuado para servir al interés general y a la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno en las materias responsabilidad del Ministerio. También se adecua al principio de proporcionalidad, pues no existe otra alternativa para crear un nuevo marco orgánico de este Departamento ministerial. En cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, la norma se adecua a los mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y del mismo no derivan nuevas cargas administrativas. En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Defensa, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de noviembre de 2018, DISPONGO:
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