Art. 17
17 / 33En vigor desde 25 nov 2018
El Consejo Superior del Ejército de Tierra, el Consejo Superior de la Armada y el Consejo Superior del Ejército del Aire son los órganos colegiados asesores y consultivos del titular del Ministerio de Defensa y del Jefe de Estado Mayor del ejército respectivo, con las competencias y funciones que les atribuyen la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y demás normas de aplicación, legales o reglamentarias.
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Proeli/es/rd/2018/11/23/1399#art-17