Art. 1
Capítulo Disposiciones generales

Art. 1

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En vigor desde 12 ago 1993
El procedimiento administrativo sancionador en materia de control de cambios será el regulado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, con las singularidades establecidas en los artículos siguientes.
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eli/es/rd/1993/08/04/1392#art-1