Art. 13

Art. 13

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En vigor desde 7 jul 2022
1. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Energía, de la que dependen el Comisionado para el Impulso de la Energía Sostenible en Sistemas Insulares, con rango de Subsecretaría, y la Dirección General de Política Energética y Minas. B) La Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General del Agua. 2.º La Oficina Española del Cambio Climático, con rango de Dirección General. 3.º La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. 4.º La Dirección General de la Costa y el Mar. 5.º La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. C) La Secretaría General para el Reto Demográfico, con rango de Subsecretaría, de la que dependerá la Dirección General de Políticas contra la Despoblación. D) La Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de la que dependerán los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Servicios. 2. Quedan suprimidas la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental y la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. Se modifica la letra A) del apartado 1 por el del Real Decreto 527/2022, de 5 de julio. Ref. BOE-A-2022-11134

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