Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 23
En vigor desde 24 feb 2011
Es objeto del presente real decreto desarrollar algunos de los contenidos de los Capítulos I y II del Título III de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en concreto regular: a) Las características, contenido y procedimientos de inclusión, cambio de categoría y exclusión de especies en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. b) Las directrices de evaluación periódica del estado de conservación de las especies incluidas en el Listado y en el Catálogo. c) Las características y contenido de las estrategias de conservación de especies del Catálogo y de lucha contra las principales amenazas para la biodiversidad. d) Las condiciones técnicas necesarias para la reintroducción de especies extinguidas y el reforzamiento de poblaciones. e) Las condiciones naturales requeridas para la supervivencia o recuperación de especies silvestres amenazadas. f) Los aspectos relativos a la cooperación para la conservación de las especies amenazadas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2011/02/04/139#art-1