Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

18 / 20
En vigor desde 22 dic 2002
El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.20.ª y 23.ª de la Constitución.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2002/12/20/1381#disposicion-final-primera