Art. Disposición adicional cuarta
5 / 53En vigor desde 8 sept 2011
Las empresas frigoristas deben cumplir las obligaciones de información de los prestadores y las obligaciones en materia de reclamaciones establecidas, respectivamente, en los artículos 22 y 23 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
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Proeli/es/rd/2011/02/04/138#disposicion-adicional-cuarta