Art. Disposición adicional segunda
Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Órganos inspectores de ámbito territorial nacionaL

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 1 mar 2000
Los miembros de los distintos órganos colegiados regulados en el presente Reglamento, actuarán por razón del cargo sin retribución complementaria alguna.
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