Art. 77
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 77

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En vigor desde 21 nov 2003
Por la personación en los actos de conciliación ante organismos administrativos y ante los Juzgados de lo Social, sean preceptivos o potestativos, percibirá el procurador 22,29 euros.
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eli/es/rd/2003/11/07/1373#art-77