Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Orden penal
Art. 63
71 / 99En vigor desde 21 nov 2003
Por su intervención en el trámite de ejecutoria penal, cualquiera que sea el concepto en el que esté personado, el procurador percibirá 14,86 euros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2003/11/07/1373#art-63