Art. Disposición transitoria segunda

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 26 abr 1999
Al personal sanitario de la Seguridad Social con plaza en propiedad afectado por la creación del Equipo de Atención Primaria se le ofrecerá la incorporación a la misma mediante un concurso restringido cuyas características se regularán por Orden. Se declara la nulidad del Real Decreto 1453/1989, de 1 de diciembre, por Sentencia del TS de 26 de febrero de 1999. Ref. BOE-A-1999-9249 Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto 1453/1989, de 1 de diciembre. Ref. BOE-A-1989-28946 . Téngase en cuenta que este Real Decreto se declara nulo por Sentencia del TS de 26 de febrero de 1999. Ref. BOE-A-1999-9249 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1984/01/11/137#disposicion-transitoria-segunda