Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final tercera

43 / 45
En vigor desde 24 oct 2007
Por los Ministerios competentes se adoptarán las medidas presupuestarias necesarias para la aplicación de este Real Decreto sobre las infraestructuras de competencia estatal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/10/19/1367#disposicion-final-tercera