Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 19 feb 2011
El Ministerio de Educación se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: a) La Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. 2.º La Dirección General de Formación Profesional. b) La Secretaría General de Universidades, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Política Universitaria. 2.º La Dirección General de Atención, Participación y Empleabilidad de Estudiantes Universitarios. c) La Subsecretaría de Educación, de la que depende la Secretaría General Técnica. Se modifica la letra b).2 por la disposición final 1 del Real Decreto 189/2011, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2011-3259 .

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eli/es/rd/2010/10/29/1366#art-7