Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Resolución del concurso de traslados de ámbito estatal
Art. Disposición final segunda
32 / 33En vigor desde 31 oct 2010
1. Este real decreto se dicta al amparo de las reglas 1.ª, 18.ª y 30.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que reservan al Estado la competencia para establecer las bases del régimen jurídico de los funcionarios públicos y las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio del derecho a la educación.
2. Los preceptos de este real decreto tienen carácter básico, con excepción de los artículos 1.3, 3, 5, 8.3, 9.3, 14, 15, letra c del artículo 17.1, las disposiciones adicionales segunda y tercera y la disposición final primera, que serán de aplicación directa en las Ciudades de Ceuta y Melilla y supletoria en las Comunidades Autónomas.
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Proeli/es/rd/2010/10/29/1364#disposicion-final-segunda