Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 33En vigor desde 29 sept 2012
La Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos es un órgano de carácter colegiado de composición tripartita, integrado por representantes de la Administración General del Estado y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social a través de la Dirección General de Empleo, que ejerce sus competencias con independencia y autonomía funcional plenas.
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Proeli/es/rd/2012/09/27/1362#art-2