Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 39
40 / 55En vigor desde 20 dic 2007
Se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para la aprobación de los modelos de comunicación de participaciones significativas y desarrollar las especificaciones técnicas necesarias para la aplicación de lo dispuesto en este Capítulo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/10/19/1362#art-39