Art. 64
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. 64

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En vigor desde 4 mar 2021
En todas las relaciones con la Oficina Española de Patentes y Marcas, con las oficinas internacionales relacionadas con la Propiedad Industrial y con sus empleados, los colegiados y las colegiadas deberán actuar de manera cortés y hacer cuanto sea posible por mantener el prestigio del COAPI.
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eli/es/rd/2021/03/02/136#art-64