Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Órganos y funciones
Art. 96
107 / 152En vigor desde 1 jul 2021
1. El Consejo General de la Abogacía Española fomentará un elevado nivel de calidad de los servicios prestados por los profesionales de la Abogacía españoles, así como su constante mejora.
2. El Consejo General participará en la elaboración en el ámbito de la Unión Europea de códigos de conducta destinados a facilitar la libre prestación de servicios o el establecimiento de un profesional de la Abogacía de otro Estado miembro, con pleno respeto de las normas de defensa de la competencia.
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Proeli/es/rd/2021/03/02/135#art-96