Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO PRIMERO
Art. Artículo setenta y siete
77 / 249En vigor desde 6 jul 1976
El territorio de los municipios en que existiere Plan General Municipal de Ordenación se clasificará en todos o algunos de los siguientes tipos: suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1976/04/09/1346#articulo-setenta-y-siete