Art. 9
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 9

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En vigor desde 4 oct 2011
Las medidas de prevención y gestión de crisis tendrán como objeto evitar y hacer frente a las crisis que se presenten en los mercados de frutas y hortalizas y abarcarán las acciones recogidas en la medida 6 del anexo IV del presente real decreto.
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eli/es/rd/2011/10/03/1337#art-9