Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo

Art. 15

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En vigor desde 23 nov 2005
La determinación y, en su caso, la revisión del grado de minusvalía, así como de la necesidad, por parte del minusválido, del concurso de tercera persona, corresponderá a los equipos de valoración y orientación, dependientes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o, en su caso, a los órganos correspondientes de las comunidades autónomas a las que se hubieran transferido las funciones y servicios de dicha entidad gestora, según el baremo vigente en cada momento.
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