Art. 38
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 38

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En vigor desde 26 abr 2018
El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España, es el organismo superior en cuestiones de su competencia, ejercerá las facultades de coordinación de los distintos Colegios y representará a la profesión con carácter nacional e internacional. Es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y ejercicio de sus funciones.
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