Art. Artículo único
1 / 44En vigor desde 6 nov 2005
Se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, cuyo texto se inserta a continuación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/11/04/1314#articulo-unico