Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 20
En vigor desde 7 oct 2007
El Consejo de Defensa Nacional es el órgano colegiado, coordinador, asesor y consultivo del Presidente del Gobierno en materia de defensa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/10/05/1310#art-1