Art. Disposición transitoria quinta

Art. Disposición transitoria quinta

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En vigor desde 6 abr 2018
Los procesos selectivos ya iniciados, a la entrada en vigor de este real decreto, continuarán rigiéndose hasta su finalización por la normativa por la que fueron convocados, a excepción de lo dispuesto en el capítulo V de este real decreto, que sería aplicable desde la entrada en vigor del mismo.
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