Art. 49
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Enseñanza de perfeccionamiento

Art. 49

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En vigor desde 6 abr 2018
1. En atención a las finalidades recogidas en el artículo 30 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, se establecen los siguientes tipos de enseñanza de perfeccionamiento: a) Capacitación. b) Especialización. c) Formación continua. 2. La enseñanza de perfeccionamiento se desarrollará a través de cursos de capacitación, cursos de especialización, incluidas las actividades formativas de mantenimiento y renovación de especialidad, y actividades de formación continua pudiendo desarrollarse éstas mediante cursos, seminarios, jornadas o actividades formativas de ampliación y actualización de conocimientos.
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