Art. 29
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 7.ª Impugnaciones y recursos

Art. 29

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En vigor desde 6 abr 2018
Contra las resoluciones y actos administrativos dictados en materia de ingresos y procesos selectivos, podrán interponerse los recursos procedentes con arreglo a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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