Art. 13
Libro REGLAMENTO POR EL QUE SE DESARROLLA LA LEY 35/2003, DE 4 DE NOVIEMBRE, DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVATítulo TÍTULO IICapítulo Capítulo I

Art. 13

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En vigor desde 9 nov 2005
En la CNMV se llevarán, con las secciones y subsecciones que sean precisas, los siguientes registros relacionados con las IIC, las SGIIC y los depositarios: 1.º Registro de sociedades de inversión de carácter financiero o SICAV. 2.º Registro de fondos de inversión de carácter financiero o FI. 3.º Registro de sociedades de inversión inmobiliaria o SII. 4.º Registro de fondos de inversión inmobiliaria o FII. 5.º Registro de IIC de inversión libre o IICIL. 6.º Registro de IIC de IIC de inversión libre o IICIICIL. 7.º Registro de sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva o SGIIC. 8.º Registro de depositarios de IIC. 9.º Registro de otras IIC. 10.º Registro de participaciones significativas. 11.º Registro de folletos, informes periódicos y auditorías. 12.º Registro de IIC extranjeras comercializadas en España. 13.º Registro de sociedades gestoras extranjeras que operen en España. 14.º Registro de sociedades de tasación que hayan comunicado a la CNMV su intención de valorar inmuebles de IIC inmobiliaria. 15.º Registro de hechos relevantes. 16.º Registro de agentes y apoderados de SGIIC.
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