Art. 25
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Fuentes radiactivas

Art. 25

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En vigor desde 8 oct 2011
1. Los titulares de las instalaciones radiactivas que cuenten con fuentes radiactivas de categorías 1, 2 y 3 deberán elaborar un Plan de protección física, que será presentado en el mismo momento en el que se formule la solicitud de autorización de funcionamiento de la instalación radiactiva, junto con los demás documentos preceptivos que se establecen en el capítulo III del título III del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. 2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio pedirá los correspondientes informes preceptivos al Ministerio del Interior y al Consejo de Seguridad Nuclear, para lo cual les hará llegar la copia de la solicitud y el citado Plan. 3. El Ministerio del Interior y el Consejo de Seguridad Nuclear podrán requerir directamente del interesado la información adicional que consideren necesaria en relación con el Plan, de lo que darán traslado al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como de la información recibida. 4. Cuando los informes mencionados en el apartado 2 tengan carácter desfavorable impedirán la concesión de la autorización y cuando sean favorables serán vinculantes respecto de las condiciones que establezcan para su otorgamiento. 5. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio resolverá sobre el otorgamiento o denegación de la autorización de funcionamiento, lo cual supondrá la aprobación o rechazo del Plan junto con los demás documentos de la instalación radiactiva, de conformidad con lo establecido en el capítulo III del título III del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas. 6. Cualquier modificación en el diseño o condiciones de operación de una instalación radiactiva que posea fuentes de categoría 1, 2 ó 3, que suponga un cambio de los criterios, normas o medidas establecidos en el Plan de protección física, requerirá autorización del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo al artículo 40.1 del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
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