Art. Disposición final tercera
13 / 14En vigor desde 2 ago 2009
Se faculta al titular del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para modificar los anexos de este real decreto de acuerdo con las modificaciones de la normativa comunitaria.
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Proeli/es/rd/2009/07/31/1303#disposicion-final-tercera