Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 12 nov 2006
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este real decreto y, en particular, el Real Decreto 411/1996, de 1 de marzo, por el que se regulan las actividades relativas a la utilización de tejidos humanos.
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