Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional primera
13 / 19En vigor desde 24 nov 2006
Todas las referencias que se efectúan respecto de los órganos técnicos del Ministerio del Interior, en las Misiones Diplomáticas, en el Real Decreto 991/2006, de 8 de septiembre, por la que se regula la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, deberán entenderse que se refieren a los regulados por el presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2006/11/10/1300#disposicion-adicional-primera