Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 ene 2007
Los órganos técnicos de los Ministerios de Trabajo y Asuntos Sociales y de Sanidad y Consumo elaborarán una guía de los síntomas y patologías relacionados con el agente causante de la enfermedad profesional, que sirva como fuente de información y ayuda para su diagnóstico.
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eli/es/rd/2006/11/10/1299#disposicion-final-primera