Art. CAPÍTULO IX
Libro REGLAMENTO REGULADOR DE LAS ESCUELAS PARTICULARES DE CONDUCTORESCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Elementos materiales mínimos

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En vigor desde 16 abr 2010
CAPÍTULO IX Los registros de centros de formación de conductores y de profesionales de la enseñanza de la conducción

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