Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Régimen jurídico
Art. 63
69 / 80En vigor desde 13 abr 2018
En su organización y funcionamiento el Consejo se rige por las siguientes normas:
a) La legislación estatal en materia de Colegios Profesionales.
b) El resto del ordenamiento jurídico que le resulte aplicable.
c) Estos Estatutos Generales y el Reglamento de régimen interior que, en su caso, se apruebe para el desarrollo del presente Título II.
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Proeli/es/rd/2018/03/16/129#art-63