Capítulo CAPÍTULO 10›Secc. Sección segunda. Normas básicas sobre mejoras y transformaciones en regadío
Art. 99
112 / 113En vigor desde 2 mar 2014
Se asumen los criterios y actuaciones que establezcan el Plan Nacional de Regadíos y los planes de regadío aprobados por las comunidades autónomas. No obstante, deberán contar con asignación de recursos en este Plan Hidrológico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/02/28/129#art-99