Capítulo CAPÍTULO 7›Secc. Sección primera. Protección del dominio público hidráulico
Art. 67
80 / 113En vigor desde 2 mar 2014
De conformidad con el artículo 126 bis. 2 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico el proyecto de los dispositivos de franqueo para peces tendrán en cuenta los criterios que se recogen en el anexo 13.
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Proeli/es/rd/2014/02/28/129#art-67