Art. 16

Art. 16

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En vigor desde 24 oct 2010
1. La Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa, dependiente directamente del Ministro de Defensa, es el órgano directivo al que le corresponde la planificación y desarrollo de la política cultural del Departamento, las publicaciones y las relaciones institucionales de la defensa. En atención a las características específicas de esta Dirección General, su titular, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, no será preciso que ostente la condición de funcionario. 2. En particular, le corresponden las siguientes funciones: a) Impulsar y coordinar la política de promoción, difusión y fomento de la conciencia de defensa nacional. b) Coordinar, impulsar y difundir la acción cultural del Departamento. c) Gestionar, editar y publicar las publicaciones oficiales del Departamento, de acuerdo con las atribuciones que le confiere la legislación vigente sobre ordenación de publicaciones oficiales; dirigir y, en su caso, ejecutar las actuaciones relativas a documentación, y promover las publicaciones de interés para el Departamento. d) Coordinar las bibliotecas del Departamento. 3. Dependen de la Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa los siguientes órganos directivos: a) El Instituto Español de Estudios Estratégicos, con nivel orgánico de subdirección general, que desarrolla las funciones señaladas en el apartado 2.a) y b). A tal fin, potenciará las actuaciones conjuntas con los Ministerios de Educación y de Cultura, las universidades e instituciones educativas. b) La Subdirección General de Publicaciones, que desarrollará las funciones señaladas en el apartado 2 c) y d).
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