Art. Artículo único
1 / 15En vigor desde 29 jun 2011
Se aprueba el Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora digital terrestre que figura como anexo a este Real Decreto.
Se modifica el título del Plan técnico nacional por la disposición adicional única del Real Decreto 802/2011, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2011-11109
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/07/23/1287#articulo-unico