Art. 25
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 25

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En vigor desde 17 oct 2010
El Reglamento del mercado podrá establecer un régimen de aportación de garantías por la sociedad rectora atendiendo a: a) Las funciones de ordenación del registro, negociación, compensación, liquidación y contrapartida que realice la sociedad rectora. b) La naturaleza de los contratos que sean objeto de registro, negociación, compensación y liquidación y contrapartida. c) Las categorías de miembros que participen en el mercado y a las funciones que desarrollen.
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eli/es/rd/2010/10/15/1282#art-25