Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 99
103 / 127En vigor desde 22 dic 2002
1. La Junta General es el supremo órgano de gobierno del Colegio. La Junta General podrá ser ordinaria o extraordinaria.
2. Tienen derecho a asistir, con voz y voto, a las Juntas Generales ordinarias y extraordinarias todos los colegiados incorporados con anterioridad a la fecha en que se convoque la Junta General.
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Proeli/es/rd/2002/12/05/1281#art-99